Uruguay aparece con frecuencia en los rankings de clima de negocios de la región por una razón simple: combina estabilidad macroeconómica, una democracia consolidada y un régimen que permite 100 % de propiedad extranjera sin restricciones sectoriales. Desde 2019 el país aceleró la digitalización de trámites societarios, de modo que hoy un emprendedor que vive fuera del territorio puede constituir y poner en marcha su operación casi íntegramente en línea, desplazándose solo lo imprescindible.
Elegir la figura jurídica adecuada
Para la mayoría de los proyectos que inician desde cero la Sociedad por Acciones Simplificada (SAS) es la vía más ágil: se tramita de principio a fin en la web de la Dirección General de Registros y, una vez aprobado el estatuto, la empresa recibe en el mismo acto su RUT fiscal y el alta en la Seguridad Social. El proceso suele tardar entre quince y veinte días hábiles y tiene un costo oficial de 2 530 UYU (unos USD 65 al cambio de junio 2025). Si la matriz exige el control de capital sin límites de accionistas, o la actividad está sometida a regulación financiera, la Sociedad Anónima sigue siendo la alternativa tradicional; puede formarse mediante el programa “Empresa en el Día”, que concentra notaría, registro mercantil y organismos fiscales en una única comparecencia y reduce los plazos a poco más de un mes. Quien busque un término medio, con gobierno corporativo sencillo pero socios plurales, optará por la SRL, igualmente disponible dentro del mismo programa.
Nombre, firma electrónica y estatuto
El primer paso formal es reservar la denominación social en línea; la reserva tiene vigencia de 60 días y se renueva sin costo significativo. A partir de allí los fundadores redactan el estatuto —o contrato social— y lo firman con firma electrónica avanzada, un requisito que se cumple a través de proveedores homologados o, para quienes residen fuera del país, mediante la red consular uruguaya. Desde el instante en que la DGR concede el RUT comienza un plazo fatal de 45 días para identificar a los beneficiarios finales ante el Banco Central; el incumplimiento genera multas automáticas.
Representante local y domicilio fiscal
La ley exige que cada sociedad mantenga un representante legal con residencia en Uruguay y constituya un domicilio fiscal donde reciba notificaciones de DGI, BPS y BCU. El poder otorgado al representante debe venir apostillado y, si se firmó en el exterior, protocolizado ante notario uruguayo. El mismo criterio rige para sucursales de compañías ya existentes fuera del país, que también deben registrar la cadena de titularidad y su capital asignado antes de iniciar actividades.
Del RUT a la primera factura
Una vez inscritos DGI y BPS, la empresa puede facturar y contratar personal. El régimen fiscal general grava la renta neta con 25 % de IRAE y aplica una tasa básica de IVA de 22 % sobre ventas de bienes y servicios locales; microempresas con ingresos reducidos pueden acogerse al IVA Mínimo, que se liquida con una cuota mensual fija durante los primeros años de operación.
Además, en junio 2025 entró en vigor la obligación de subir los estados financieros anuales en formato XBRL cuando los ingresos superan las 4 millones de UI, lo que extiende el estándar internacional de presentación.
Apertura de la cuenta bancaria
La normativa contra el lavado exige que toda sociedad opere desde una cuenta local para pagar impuestos y nómina. Bancos públicos (BROU) y privados (Santander, Itaú, HSBC, BBVA) aceptan accionistas no residentes, pero el “due diligence” incluye estatutos inscritos, certificación de beneficiarios finales, prueba de domicilio y pasaportes. El análisis interno suele tardar de dos a cuatro semanas y puede gestionarse por poder sin que los socios viajen, siempre que la documentación venga apostillada.
Residencia e incentivos para el equipo directivo
Quienes deseen instalarse personalmente pueden solicitar la residencia legal ordinaria —un trámite migratorio que no exige inversión mínima— o aprovechar el régimen de residencia fiscal por inversión. Desde el Decreto 163/020 basta invertir 3,5 millones de Unidades Indexadas (unos USD 525 000) en bienes inmuebles y pasar 60 días al año en el país para adquirir condición de residente a efectos tributarios; alternativas más elevadas, como inyectar 15 millones de UI en empresas locales y crear 15 puestos de trabajo, otorgan la misma ventaja.
Operar desde zonas francas
Si la actividad está orientada a exportar servicios globales —software, back-office, trading— o a manufacturar bienes con destino al exterior, Uruguay ofrece doce zonas francas con exoneración total de impuestos nacionales y libre repatriación de utilidades. Más de mil empresas ya usan este régimen, que representa alrededor del 6 % del PIB según estudios del MEF y centros académicos
Un camino ágil y seguro
En la práctica, un proyecto bien planificado puede tener su SAS constituida, con RUT activo y cuenta bancaria operativa, en menos de seis semanas, sin que los socios extranjeros deban pasar largos periodos en Montevideo. La clave está en preparar los poderes, traducir y apostillar la documentación con antelación y elegir un asesor local que coordine cada organismo. Con estos pasos cubiertos, la empresa queda lista para facturar, contratar talento y aprovechar los incentivos que Uruguay pone a disposición de la inversión extranjera.
